20 de Mayo de 2014 | Congreso de la Nación
Causa AMIA. Preocupación por un fallo que no favorece la búsqueda de verdad y justicia
La Sala I de la Cámara Federal determinó que la ley que refrendó el Memorándum de Entendimiento con Irán sobre la causa AMIA, es inconstitucional.
Esta decisión de los jueces se produce como respuesta a una acción de amparo promovida por la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas y la Asociación Mutual Israelita Argentina. Entre los aspectos más salientes de lo resuelto por los camaristas se destaca la declaración de inconstitucional de la ley 26.843, mediante la cual se aprobó el Memorándum de Entendimiento suscripto entre los gobiernos de la República Argentina y la República Islámica de Irán sobre temas vinculados al ataque terrorista a la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina, ocurrido en la ciudad de Buenos Aires, el 18 de Julio de 1994.
Ante esta decisión de la Sala I de la Cámara Federal, y próximo a cumplirse veinte años del ataque terrorista sin haberse hecho aún justicia, el Diputado Nacional Guillermo Carmona presentó un Proyecto de Resolución donde expresa su preocupación por este fallo el que a su juicio “interfiriere en el ejercicio de atribuciones que son propias del Poder Ejecutivo Nacional y del Honorable Congreso de la Nación, lesionando de esta manera el principio de separación de poderes que establece la Constitución Nacionalâ€.
Hay que destacar que esta misma presentación habÃa sido realizada por las organizaciones de la comunidad judÃa ante el Juez de Primera instancia, quien rechazó la petición concluyendo que “….en lo que respecta al cuestionamiento del accionar del Poder Ejecutivo Nacional cabe afirmar la imposibilidad de que se habilite la vÃa del amparo, por cuanto no nos encontramos ante un acto ilegalmente manifiesto, no se ha acreditado la existencia la comunicación de conformidad con el artÃculo 7 del memorándum ni se ha acreditado la existencia de una lesión actual o inminente cuya reparación no permita su tramitación por las vÃas ordinarias…â€.
Por otra parte, señala Carmona, siempre el Poder Ejecutivo como el Congreso de la Nación han reconocido la facultad exclusiva y excluyente del Poder Judicial sobre la Causa AMIA. En los Fundamentos del Proyecto se advierte que tal como lo establece el artÃculo 99; inc. 11, de la Constitución Nacional, el manejo de las relaciones exteriores de la Nación, incluyendo la facultad de celebrar acuerdos o tratados internacionales, es una potestad exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional. Y también, como se establece en el artÃculo 75, inc. 22 de la de la misma norma, corresponde al Congreso Nacional ratificar dichos acuerdos internacionales. Este ha sido el camino que ha transitado el Memorando suscripto por nuestro paÃs con la República Islámica e Irán.
El Diputado Carmona enfatiza en el proyecto de resolución que “La firma del Memorándum es una decisión polÃtica que de ninguna manera interfiere con la marcha del proceso judicial. Por el contrario, estamos convencido que el esfuerzo mancomunado de todos los poderes del Estado permitirá abrir un canal importante para terminar con las trabas que afectan la investigación por al atentado a la sede la AMIA. Es un instrumento que abre la posibilidad de conocer la verdad sobre lo acontecido y llevar a sus responsables ante la justicia. Ese es el único y noble sentido que se persigue con este acuerdo y ratificamos la firme voluntad de seguir trabajando hasta aplicar juicio y castigo a los autores intelectuales y materiales de un crimen tan aberrante del cual se cumplirán pronto veinte años sin haberse hecho aún justiciaâ€, concluye.